miércoles, 30 de abril de 2008

AUDIENCIAS PÚBLICAS. DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO

La SCJN ha publicado el siguiente acuerdo que por su importancia, copio íntegro aquí:

ACUERDO PARA LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS. DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO EN EL DF HASTA LA SEMANA 12 DE GESTACIÓN
El Acuerdo General 2/2008 (10 de marzo de 2008, Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación), establece los lineamientos para la celebración de audiencias relacionadas con asuntos cuyo tema se estime relevante, de interés jurídico o de importancia nacional.
Que las Acciones de Inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y por la Procuraduría General de la República, respectivamente, constituyen un tema relevante, de interés jurídico y de importancia nacional, de modo que es procedente determinar audiencias públicas en términos del Acuerdo General 2/2008 antes citado.
Las audiencias públicas constituyen un mecanismo que fortalece el derecho a la información consagrado en el artículo 6º constitucional. Por otro lado, los procedimientos de la justicia constitucional revisten gran importancia para la sociedad en general, de modo que se estima conveniente que los órganos públicos que participan en estos procedimientos, tengan un espacio de oralidad para la presentación breve, pública y directa de los planteamientos y argumentos.
Se estima adecuado dar audiencia, en primer lugar, a quienes plantean el litigio y tienen la finalidad de que la sentencia invalide el acto que reclaman; en segundo lugar, se considera adecuado escuchar a los órganos demandados, es decir, a quienes participaron en la emisión del acto jurídico impugnado.
Desarrollo de las Audiencias
Se desarrollarán en el salón del Tribunal Pleno de la sede alterna de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Avenida Revolución 1508, planta baja, colonia Guadalupe Inn, delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, México, Distrito Federal) de 10.30 a 13.30 horas.

Exposiciones sobre la inconstitucionalidad (11 de abril, 16 de
mayo y 13 de junio)

Exposiciones sobre la constitucionalidad (25 de abril, 30 de
mayo y 27 de junio)
Primera audiencia: el viernes 11 de abril podrán participar los representantes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y de la Procuraduría General de la República, actores de las acciones de inconstitucionalidad, hasta por 30 minutos cada uno. Enseguida, se escucharán a las asociaciones, agrupaciones o particulares que se programen para esa fecha, y que aduzcan la inconstitucionalidad de las reformas legales, hasta por diez minutos cada una.
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Segunda audiencia: el viernes 25 de abril podrán participar los representantes de los órganos Ejecutivo y Legislativo del Distrito Federal demandados en las acciones de inconstitucionalidad, hasta por treinta minutos cada uno. Enseguida, se escucharán a las agrupaciones, asociaciones o particulares programados para esa fecha y que sostengan la constitucionalidad de las reformas legales, hasta por diez minutos cada una.
Tercera y quinta audiencias: los días 16 de mayo y 13 de junio de 2008 se escucharán a las demás agrupaciones, asociaciones o particulares, cuyas exposiciones versen sobre la inconstitucionalidad de las reformas, hasta por diez minutos cada una.
Cuarta y sexta audiencias: los días 30 de mayo y 27 de junio de 2008, se escucharán a las demás agrupaciones, asociaciones o particulares, cuyas exposiciones se refieran a la constitucionalidad de las reformas impugnadas, hasta por diez minutos cada una.
En el caso de que esta serie de audiencias no fuera suficiente para desahogar todas las exposiciones que resulten necesarias, podrán agendarse fechas adicionales a las indicadas en el presente acuerdo.
Participación de los Interesados
Las solicitudes de participación de los interesados deben ser presentadas por escrito en la Secretaría General de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, indicando, cuando menos:
a)
Nombre de la agrupación, asociación o del interesado.
b)
Domicilio, teléfono, correo electrónico, fax o cualquier otro dato para recibir comunicaciones.
c)
Nombre y datos, en su caso, del representante legal.
d)
Indicación expresa sobre su interés de exponer puntos de vista sobre la constitucionalidad o sobre la inconstitucionalidad de las reformas impugnadas.
e)
Se podrá entregar la versión escrita de su participación o documentos, ya sea al momento de presentar la solicitud, o bien, en la fecha de la audiencia.
La Secretaría General de la Presidencia programará las participaciones en las audiencias y lo notificará oportunamente a los interesados.
--ooo000ooo---

3 comentarios:

Anónimo dijo...

CONSIDERANDO:

PRIMERO: El golpe militar de 1876-1910 o la revolución de 1910-1917, no son medios legales para asumir los poderes del Estado, en consecuencia una autoridad que es ilegal, no es autoridad y por tanto sus actos son ineficaces y nulos, así como la promulgación de la constitución de 1917 y todos los gobiernos que han jurado su observancia.

SEGUNDO: El Sistema de la DEMOCRACIA que se usa en México no funciona, pues no se ha podido reunir, ni se reunirá jamás por un solo partido, el 50 % + 1 de voluntades del total del padrón electoral, necesarias para tener mayoría y por tanto LEGITIMIDAD.

TERCERO: Por ejemplo para las elecciones 2009 hay 77 millones 481 mil 874 electores registrados, de los cuales un solo partido necesita recaudar 38 millones 937 mil 938 sufragios, los que no se reúnen ni por todos los partidos juntos, cuando mucho alcanzan aproximadamente unos 25 millones. (estar atentos a los resultados).

CUARTO: Las lamentaciones no resuelven el problema, por eso le estoy invitando a que participe como LEGISLADOR CIUDADANO. Con fundamento en el artículo 39 constitucional el pueblo tiene CAPACIDAD ORIGINARIA DE LEGISLAR, distinta a la DERIVADA del artículo 73, por eso estamos editando el anteproyecto del texto de la nueva constitución federal y preparando la Asamblea del Pueblo Constituyente 2010 para fundar el Nuevo Estado Mexicano.


Por ejemplo puede visitar los siguientes sitios de Internet:

http://constituyentecivil-mexico2010.blogspot.com http://tlahui.com/constitucionc

Usted puede editar la plataforma del texto correspondiente en blog ó soporte electrónico (disco, memoria) o documento .

Es preciso dejar claro que la edición del nuevo texto constitucional exige transformaciones radicales y no reformas constitucionales.

LUGAR DE ENCUENTRO: El 20 de noviembre de 2009 en el municipio de Anenecuilco Estado de Morelos, se realizará una reunión para establecer la mecánica de la logística completa de la Asamblea del Pueblo Constituyente 2010 que fundará en nuevo Estado Mexicano.


Por ahora le (s) dejo un fuerte abrazo a la distancia y, saludos de Alfredo Loredo. Distrito 02 Estado 24
Integrante de la Comisión Ciudadana Provisional de Enlace Parlamentario

Anónimo dijo...

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